sábado, 5 de abril de 2014

Una nueva Ley de Seguridad ajustada a nuestros tiempos y necesidades

Los servicios de vigilancia discontinua quedan claramente regulados con la nueva ley

Hoy ha sido publicado en el BOE la nueva Ley de Seguridad Privada que entrará en vigor dentro de 2 meses luego de ser sancionada por el Rey de España.

Mucho se ha hablado en los medios de comunicación sobre esta nueva legislación, centrando su mayor atención en la posibilidad de que los vigilantes puedan detener en la vía publica (algo que puede hacer cualquier ciudadano hace mucho tiempo) o que puedan realizar vigilancia en zonas comerciales peatonales (aspecto eliminado en la redacción final del texto).

Sin embargo la nueva ley es claramente positiva para el sector y en mi opinión los aspectos mas destacables entre muchos son los siguientes:

- Consideración legal de agente de la autoridad cuando los vigilantes sean agredidos y desobedecidos siempre y cuando este en cooperación y bajo el mando de la policía o guardia civil.

- Las empresas de seguridad podrán operar en todo el territorio español.

- Las empresas de seguridad podrán contratar a personal auxiliar para realizar labores excluidas de la ley como tareas de conserjeria, auxiliares y similares.

- Quedan completamente legalizados y aclarados los servicios de rondas discontinuas con vehículo y vigilantes de seguridad.

- Los escoltas pasan a ser independientes de la profesión del vigilante, no será una especialidad.

- Se crean los operadores de CRA como personal acreditado.

- Se legisla mas claramente en torno a la videovigilancia.

- Se abre la puerta a poder realizar los servicios de acuda armados.

- Se separa de la legislación las actividades de consultoria de seguridad.

- Se aunda en la necesidad de formación especifica del personal de seguridad

- Se incide en el carácter obligatorio de la figura de un Jefe de Seguridad en las empresas.

- Se endurecen las sanciones hacia los usuarios de seguridad privada que contratan servicios a sabiendas de que incumplen la legislación.

- Se sancionará a las empresas que contraten personal propio para realizar funciones de seguridad en sus propias instalaciones.

Como se puede apreciar son muchos los cambios y me he dejado bastantes en el tintero, para lo cual os invito a que los mireis vosotros mismos en el siguiente PDF.

Saludos cordiales
Joel García



No hay comentarios:

Publicar un comentario