domingo, 13 de octubre de 2019

7 Días 7 noches seguridad privada (programa completo)

sábado, 16 de agosto de 2014

(DIBUJO) ¿Qué ocurre cuando salta la alarma? #Seguridad #Alarmas

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miércoles, 11 de junio de 2014

La importancia de la "Vídeo-verificación" en los sistemas de alarmas. #Seguridad #Vigilancia #Tecnologia

Servicio de Video-Verificación de Securitas Seguridad España

Cuando hablamos de un sistema de alarmas tradicional nos referimos a unos dispositivos electrónicos que por una parte detectan una presencia física en un área determinada, véase una tienda, una casa, nave, etc. y por otra informan de dicha incidencia a una central receptora de alarmas o bien directamente al propietario de las instalaciones si dicho sistema no estuviera ajustado a normativa en el caso de una empresa o bien se trate de una vivienda particular.

Esta presencia detectada puede ser autorizada o no, puede ser un empleado el cual ,por ejemplo, ha tecleado mal el código de desactivación  o puede ser un ladrón por lo cual sería una intrusión.

 ¿Que medidas activas se toman en este ultimo caso cuando se confirma que ha ocurrido una intrusión en el recinto controlado?

En un sistema de alarma tradicional con detectores sin cámara solo se puede realizar 2 acciones:


1- Pedir la palabra clave para saber si ha ocurrido un error de desactivación y está todo bien.

2- Avisar al servicio de acuda que no es mas que un vigilante que se desplaza hacia el lugar a comprobar la veracidad de la alarma y posteriormente avisar a policía en caso de confirmación de alarma real.

Obviamente el desplazamiento del acuda tiene un coste que el cliente del sistema de alarma tendrá que abonar a la empresa de seguridad y por supuesto el vigilante tardará un tiempo medio en llegar a las instalaciones, tiempo mas que suficiente para que el ladrón consuma el acto delictivo y escape. Cabe destacar que los vehículos de acuda con vigilante no pueden abrirse paso a través del tráfico y deben respetar los limites de velocidad marcados por el código de circulación.

Sistema de alarma con sensores volumétricos que disponen de camaras incorporadas.


En este tipo de sistemas de alarmas surgidos desde hace varios años ya es posible realizar video-verificación pudiendo de esta manera discriminar las falsas alarmas visualizando unas imágenes y en algunos casos pudiendo oír el interior de las instalaciones, se reducen así los costes de acuda y se reducen los tiempos de respuesta en caso de aviso a autoridades pero sin embargo tiene limitaciones:

- Definición de las imágenes: Normalmente este tipo de sistemas usa una secuencia de fotogramas para ilustrar la incidencia, en la mayoria de los casos tiene muy poca resolución dificultando así la labor del operador de la central receptora y obviamente la toma de decisiones cruciales para evitar o disminuir los daños producidos.

- Uso de le red móvil para la transmisión de imágenes: Este tipo de sistemas son inalámbricos y autónomos funcionan a pilas, su objetivo es facilitar su instalación y los costes de cableados y mano de obra de los mismos, es por ello que para la transmisión de imágenes usan un sistema de bajo ancho de banda como es el GPRS, si se acuerdan era el Internet arcaico de cuando los móviles empezaron a conectarse a la red, es por ello que a día de hoy es complicado enviar vídeos.

- Rigidez de control del operador sobre el sistema: Mayormente en este tipo de sistemas el operador solo puede visionar las imágenes llegadas, no puede mover la cámara ni hacer zoom óptico sobre la misma, esto supone una enorme dificultad para poder valorar la situación en la instalación.

- Fiabilidad: A día de hoy este tipo de productos no son lo suficientemente fiables, dado que depende de muchos factores automáticos para que las imágenes lleguen a la central receptora de alarma y puedan ser visualizados. 

Sistema de alarma de intrusión tradicional sin cámaras integradas vinculada a un circuito cerrado de televisión (CCTV) conectado a linea ADSL.


He aquí la que - en mi opinión-  es la solución ideal para poder garantizar al máximo (pues la seguridad 100x100 no existe) las instalaciones a proteger.

Se trata de 2 sistemas de seguridad aparentemente independientes pero que trabajan en conjunto cada vez que uno de ellos se pone en marcha, miremos este ejemplo:

1- El sistema de alarmas por sensores detecta una intrusión de las instalaciones produciendo un salto de alarma.

2- La señal llega a un vigilante de seguridad en un COS de vídeo remoto, una vez determinada la situación de la alarma este vigilante se conecta a la cámara asociada por protocolo a ese detector y comienza a videoverificar.

3- El vigilante de seguridad no solo puede ver las imágenes sino que puede tomar el mando del CCTV mover las cámaras e incluso hacer zoom (si las cámaras lo permitieran), incluso puede dirigirse a través de la megafonía al intruso para que este abandone sus intenciones.

4- La calidad de imagen es muy buena y se recibe en tiempo real usando lineas ADSL o fibra óptica.

5- Se puede evitar el robo o los daños a las instalaciones antes de que se produzcan y obviamente se tiene una mayor información de lo que está ocurriendo provocando así una toma de desiciones mucho mas rapida de cara a avisar a la policía, a los bomberos o en caso de falsa alarma evitar de manera muy fehaciente el envío de acuda, disminuyendo los costes de este servicio.

En cualquier caso la tecnología avanza muy rápido y ya se implantan en algunos lugares sistemas de alarma que se valen del propio sistema CCTV para detectar intrusiones en las instalaciones llamado "video-analisis", si pasáis por los aeropuertos a menudo veréis en los vídeos informativos de las pantallas del aeropuerto como es su funcionamiento básico, pero eso sera otro tema para mi próximo post.

Para mayor información sobre soluciones de seguridad estoy a tu entera disposición: joel.garcia@securitas.es

Joel García
Consultor de Seguridad


sábado, 5 de abril de 2014

Una nueva Ley de Seguridad ajustada a nuestros tiempos y necesidades

Los servicios de vigilancia discontinua quedan claramente regulados con la nueva ley

Hoy ha sido publicado en el BOE la nueva Ley de Seguridad Privada que entrará en vigor dentro de 2 meses luego de ser sancionada por el Rey de España.

Mucho se ha hablado en los medios de comunicación sobre esta nueva legislación, centrando su mayor atención en la posibilidad de que los vigilantes puedan detener en la vía publica (algo que puede hacer cualquier ciudadano hace mucho tiempo) o que puedan realizar vigilancia en zonas comerciales peatonales (aspecto eliminado en la redacción final del texto).

Sin embargo la nueva ley es claramente positiva para el sector y en mi opinión los aspectos mas destacables entre muchos son los siguientes:

- Consideración legal de agente de la autoridad cuando los vigilantes sean agredidos y desobedecidos siempre y cuando este en cooperación y bajo el mando de la policía o guardia civil.

- Las empresas de seguridad podrán operar en todo el territorio español.

- Las empresas de seguridad podrán contratar a personal auxiliar para realizar labores excluidas de la ley como tareas de conserjeria, auxiliares y similares.

- Quedan completamente legalizados y aclarados los servicios de rondas discontinuas con vehículo y vigilantes de seguridad.

- Los escoltas pasan a ser independientes de la profesión del vigilante, no será una especialidad.

- Se crean los operadores de CRA como personal acreditado.

- Se legisla mas claramente en torno a la videovigilancia.

- Se abre la puerta a poder realizar los servicios de acuda armados.

- Se separa de la legislación las actividades de consultoria de seguridad.

- Se aunda en la necesidad de formación especifica del personal de seguridad

- Se incide en el carácter obligatorio de la figura de un Jefe de Seguridad en las empresas.

- Se endurecen las sanciones hacia los usuarios de seguridad privada que contratan servicios a sabiendas de que incumplen la legislación.

- Se sancionará a las empresas que contraten personal propio para realizar funciones de seguridad en sus propias instalaciones.

Como se puede apreciar son muchos los cambios y me he dejado bastantes en el tintero, para lo cual os invito a que los mireis vosotros mismos en el siguiente PDF.

Saludos cordiales
Joel García